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ACTIVIDADES SUSTANTIVAS Y ATRIBUCIONES
Director General
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En coordinación con la secretaria de desarrollo económico de Gobierno del Estado y Codesin zona norte; promover al municipio para lograr la atracción de inversiones nacionales y extranjeras.
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Supervisar y dirigir los trabajos del centro de atención empresarial (CAE).
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Buscar la coordinación con todos los organismos productivos del municipio, para la promoción y fomento de sus actividades.
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Representar al C. Presidente municipal ante los diferentes organismos e instituciones en los que tenga participación como integrante de sus consejos; así como en diversos eventos oficiales.
Gerente del C.A.E.
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Otorgar información que se solicite en materia de trámites empresariales.
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Dar asesoría y orientación a las empresas.
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Apoyar a los empresarios en la gestión de trámites en problemas, cuando estas gestiones estén relacionadas con dependencias municipales y/o dependencias que cuenten con oficinas en el municipio de la ucae.
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Enviar información al director del CAE sobre trámites en problemas que estén relacionados con dependencias que no cuenten con delegaciones en el municipio de la ucae.
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Revisar los contratos de constitución de sociedades de responsabilidad limitada antes de ser enviados al CAE, con el fin de detectar omisión de datos y/o documentación.
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Revisar las solicitudes de certificados de promoción fiscal, antes de ser enviados al CAE, con el fin de detectar omisión de datos y/o documentación.
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Canalizar a los empresarios, de acuerdo a sus necesidades, a los diversos programas del centro de atención empresarial.
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Mantener informados a los empresarios sobre gestiones de los trámites.
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Enviar un informe detallado de los trámites y gestiones de la UCAE a su cargo al director del CAE.
Ejecutivo SSARE
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Otorgar información que se les solicite en materia de trámites empresariales.
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Dar asesoría y orientación a los empresarios sobre los diversos programas y servicios de la unidad del centro de atención empresarial
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Canalizar a los empresarios, de acuerdo a sus necesidades, a otras dependencias.
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Proporcionar al usuario la información que se le solicite sobre trámites de apertura que necesite el empresario, dependiendo del giro del negocio.
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Gestionar trámites de apertura para las empresas que lo soliciten a través del formato ssare y ssare 8.
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Enviar a las dependencias que correspondan las solicitudes de trámites a través del formato ssare y ssare 8.
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Enviar al cae las solicitudes de constitución de sociedades para su debida legalización.
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Enviar al cae las solicitudes de certificados de promoción fiscal para su respectivo a nálisis y dictamen.
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Dar seguimiento a las solicitudes entregadas a las dependencias para llevar un control sobre los tiempos de respuesta.
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Mantener informados a los empresarios sobre gestiones de los trámites.
Secretaria
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Atención al público.
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Elaboración de oficios, solicitud de cheques, requisiciones de material para oficina.
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Responsable de archivo.
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Responsable de teléfono.
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Enviar fax.
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Sacar copias.
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Entregar a las diferentes dependencias respuestas de oficios, volantes, circulares etc.
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Proporcionar información para trámites de ceprofíes.
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Llamar a los solicitantes de ceprofies para que los recojan en esta dependendencia.
La Dirección General de Economía, tendrá las siguientes facultades y obligaciones
Artículo 68.- La Dirección General de Economía, es la dependencia encargada de propiciar al desarrollo económico del Municipio de Ahome de una manera integra, efectiva y transparente, que se traduzca en mejores oportunidades, bienestar y progreso de sus habitantes; a través de la promoción y fomento del desarrollo de las actividades primarias, industriales y de servicios. Asimismo, promoverá la creación y aprovechamiento de las fuentes de trabajo, la capacitación para incrementar la mano de obra especializada encaminada al aumento de la posibilidad de obtener a mejorar el empleo; además de proponer y dirigir las políticas en materia de abasto y comercio.
Artículo 69.- Corresponde al Director General de Economía, además de las facultades genéricas a los directores generales, el ejercicio de las atribuciones especificas siguientes:
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Proponer al Presidente Municipal las políticas y programas relativos al fomento de las actividades primarias, industriales y de servicios;
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Promover e impulsar el desarrollo de las actividades económicas en conjunto con la sociedad y los sectores productivos para generar el progreso del municipio y sus habitantes;
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Dirigir coordinar la ejecución de programas de fomento y promoción económica para el desarrollo del municipio; manteniendo el equilibrio en el crecimiento de los sectores productivos y sociales;
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Coordinar el servicio municipal del empleo, buscando el mayor número de vacantes para colocar solicitantes en el empleo formal;
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Tramitar y gestionar a través del Centro de Desarrollo Empresarial, el establecimiento de la mediana y pequeña empresa en el municipio, así como la creación de parques industriales y centros comerciales y de servicios;
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Difundir los programas que propicien el desarrollo de la micro y pequeña empresa del Municipio de Ahome, vinculándolos con los sectores financiero y aduanero, y otras instancias de Gobierno para obtener apoyos que beneficien a los sectores productivos del municipio;
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Fomentar y desarrollar la actividad turística en el municipio de Ahome, impulsando entre otros el turismo social;
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Conservar, mejorar y aprovechar los recursos y atractivos turísticos del municipio, así como la protección y auxilió de los turistas, de acuerdo a las atribuciones y disposiciones que rigen la actividad turística en los ámbitos federal y estatal, sin menoscabo de las que sean propias;
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Promocionar directamente los recursos turísticos del municipio, así como la creación de centros, establecimientos y la prestación de servicios turísticos en el municipio;
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Supervisar y regular la actividad y la prestación de los servicios turísticos, conjuntamente con las instancias correspondientes y de acuerdo a las leyes y reglamentos de la materia;
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Proporcionar consultaría y asesoría en materia de desarrollo económico;
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Fomentar la creación de fuentes de empleo impulsando el establecimiento de mediana y pequeña industria en el municipio, así como la creación de parques industriales y centros comerciales;
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Apoyar la creación y desarrollo comercial en el municipio, fomentando la industria rural;
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Apoyar los programas de investigación y desarrollo tecnológico, industrial y fomentar su divulgación;
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Promover la realización de ferias, exposiciones y congresos agropecuarios, pesqueros, acuícolas, industriales: comerciales, laborales turísticos y de servicios;
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Ejercer las atribuciones y funciones en materia industrial, turística, comercial y de servicios, derivados de los convenios donde el municipio sea parte;
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Organizar y fomentar la producción artesanal en el municipio, vigilando que su comercialización se realice para el beneficia de los artesanos y sus consumidores;
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Diseñar y dirigir las políticas y programas aprobados por el Ayuntamiento, que con estricto apego a la ley, y con criterios de transparencia y modernidad, regulen las actividades de abasto y comercio;
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Promover en coordinación con las autoridades competentes y los sectores productivos y de servicios, la instalación del Consejo Consultivo Económico Municipal para cada una de las principales actividades económicas del municipio;
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Promover y dirigir las políticas públicas relativas a la prestación del servicio público de mercados y abasta, así como del comercio en vía pública; y
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Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes.
Artículo 70.- AI titular de esta unidad administrativa, se le denominará Director General de Economía, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará del área administrativa siguiente:
Artículo 71.- El estudio, planeación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la Dirección General de Economía, así como su representación, corresponden al Director General, quien para su mejor atención y despacho podrá delegar sus facultades en los servidores públicos subalternos, sin perder por ella la posibilidad de su ejercicio directo, excepto aquellas que por disposición de Ley o de este reglamento deban ser ejercidas en forma directa por él.
Artículo 72.- EI Director General de Economía, tendrá las siguientes facultades no delegables:
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Proponer las políticas y criterios generales para la planeación en materia de desarrollo económico conjuntamente con la Dirección de Planeación, y
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Las demás que le confieran otros ordenamientos legales y el Presidente Municipal.
Sección I
De la Dirección de Promoción Económica
Artículo 73.- Corresponde al Director de Promoción Económica, además de las facultades genéricas a los directores, el ejercicio de las atribuciones siguientes:
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Formular y proponer programas y acciones para la modernización, mejoramiento integral y fomento para el desarrollo de la actividad empresarial dentro del municipio;
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Asesorar técnicamente a los sectores que lo soliciten, para el establecimiento de nuevas empresas o la ejecución de proyectos productivos;
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Vincular programas de investigación científica y tecnológica, de carácter industrial, comercial y de servicios y fomentar su difusión;
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Brindar servicios de asesoría integral, atención personalizada y capacitación a la sociedad para fortalecer su crecimiento en el ámbito empresarial y laboral;
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Vincular programas de investigación científica y tecnológica, de carácter agropecuario, pesquero, acuícola, industrial, comercial, turística y de servicios en el municipio;
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Elaborar programas para lograr el mejor aprovechamiento de la infraestructura industrial, comercial, turística y de servicios en el municipio;
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Promover la creación de fuentes de empleo, impulsando el establecimiento de la mediana y pequeña empresa en el municipio, el desarrollo e integración de cadenas productivas, así como de centros comerciales, actividades turísticas y de servicios;
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Promover la realización de ferias, exposiciones y congresos agropecuarios, pesqueros, acuícolas, industriales, turísticos, comerciales, laborales y de servicios;
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Promover entre las empresas del municipio el contratar personas con capacidades diferentes;
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Proponer convenios de cooperación entre el municipio y los sectores público, privado y social; y
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Las demás que le confieran otros ordenamientos legales, el Ayuntamiento, el Presidente Municipal y el Director General.
Artículo 74.- AI titular de esta unidad administrativa, se le denominará Director de Promoción Económica, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de las áreas administrativas siguientes:
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Departamento de Desarrollo Empresarial e Industrial;
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Departamento de Turismo y Servicios;
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Departamento de Desarrollo Agropecuario;
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Departamento de Pesca y Acuacultura; y,
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Departamento de Evaluación, Seguimiento y Control.
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Derechos reservados 2011-2013 H. Ayuntamiento
de Ahome.
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