Jueves, 11 de Marzo de 2010

DEPENDENCIAS MUNICIPALES

OFICINA DEL SÍNDICO PROCURADOR

ACTIVIDADES SUSTANTIVAS

PUESTO ACTIVIDAD
Síndico Procurador

REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE AHOME, ESTADO DE SINALOA
CAPITULO SEGUNDO
SECCIÓN TERCERA
"DEL SÍNDICO PROCURADOR"

Artículo 13. EI Síndico Procurador tendrá a su cargo la función de Contraloría Interna y la procuración de la defensa de los Intereses del Ayuntamiento. Para el efecto tendrá, además de las facultades y obligaciones que se Ie confieren en el Artículo 39 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, las siguientes:

  1. DE CONTRALORÍA INTERNA
    • Fijar y dirigir la política en materia de control, vigilancia, fiscalización, supervisión, evaluación y auditoria que deban observar todas las dependencias administrativas del Ayuntamiento y los organismos públicos paramunicipales del Gobierno del Municipio de Ahome, así como, vigilar su cumplimiento y, en su caso, prestarles el apoyo Y asesoría que éstas Ie soliciten;
    • Ordenar a la Dirección de Contraloría Interna la practica de visitas periódicas de Inspección a las dependencias de la Administración Pública Municipal y paramunicipales, a efecto de constatar que el ejercicio del gasto público sea congruente con las partidas del presupuesto de egresos autorizado;
    • Vigilar la observancia en el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias establecidas para el control interno del Ayuntamiento;
    • Vigilar el cumplimiento de las normas establecidas, recomendaciones y observaciones que realicen los organismos de control del Estado, como es el caso de la Secretaria de la Contraloría y Desarrollo Administrativo del Poder Ejecutivo del Estado y la Auditoria Superior del Estado del H. Congreso del Estado; y coordinarse con organismos públicos estatales o federales, cuando exista competencia concurrente, determinadas por leyes, reglamentos, acuerdos o convenios;
    • Revisar las transferencias presupuestales que derivan del presupuesto de egresos;
    • Fiscalizar a través de la Dirección de Contraloría Interna los recursos asignados par el Estado o la Federación, y que ejerzan las dependencias y organismos de la administración municipal;
    • Opinar, previamente a su expedición, sabre las normas de control en materia de programación, administración de recursos humanos, materiales y financieros, que elabore la Tesorería Municipal y la Dirección de Planeación, así como, las normas en materia de contratación de deuda que formule la primera de estas;
    • Ordenar revisiones, auditorias generales a especiales a todas las dependencias de la administración pública municipal y paramunicipales, can el objeto de promover la eficiencia en sus operaciones y comprobar el cumplimiento de los objetivos contenidas en el Plan Municipal de Desarrollo y a las leyes, decretos, reglamentos, presupuestos y políticas aplicables a las mismas;
    • Vigilar, por conducto de la Dirección de Contraloría Interna, la observancia de las leyes y reglamentos relativos a la selección y contratación de obra pública, servicios profesionales, arrendamientos, seguros y fianzas, adquisiciones y servicios generales;
    • Vigilar, por conducto de la Dirección de Contraloría Interna, que se cumplan las disposiciones de los acuerdos, convenios y contratos celebradas entre el municipio y proveedores, acreedores, contratistas, así como, con entidades públicas y privadas, de  donde se derive Ia Inversión de fondos;
    • Aplicar por conducto de Ia Dirección de la Contraloría Interna, que se cumplan las disposiciones contenidas en la Ley de Responsabilidades de Los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa;
    • Promover y sugerir el establecimiento de normas o lineamientos para que Ia actuación de los servidores públicos se dé en un marco de legalidad, probidad y eficiencia;
    • Supervisar el control y registro de los bienes muebles e inmuebles de patrimonio municipal;
    • Promover Ia regularización de Ia propiedad, a favor del Municipio, de los bienes muebles o inmuebles que por determinación de Ia Ley o por otras circunstancias deban ser parte del patrimonio municipal;
    • Incoar por conducto de Ia Dirección de Ia Contraloría Interna, el Procedimiento Administrativo por Responsabilidad, por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, de conformidad a lo establecido en Ia Ley de Responsabilidad para los Servidores públicos del Estado de Sinaloa:
    • Dictaminar cuando algún Inmueble ha dejado de ser Útil para el servicio al que estaba destinado;
    • Establecer, conjuntamente con la Tesorería Municipal, los procedimientos bajo los cuales se deberán enajenar a favor de terceros los bienes muebles o inmuebles que hubieren sido dados de baja de su operación o se hubieran adquirido mediante el procedimiento económico coactivo.
    • Las demás que señalen las leyes, reglamentos y el H. Ayuntamiento.
  2. DE REPRESENTACION JURIDICA.
    • Representar al Ayuntamiento, al Presidente Municipal, a las Dependencias de estos y a los Organismos Paramunicipales, en los Juicios y Procedimientos en que intervengan, sean estos de carácter extrajudicial a ante tribunales judiciales, administrativos o del trabajo incluyendo el Juicio de Amparo;
    • Nombrar Asesores, Delegados, Procuradores, Voceros Jurídicos u otorgar facultades de representación de las Entidades Públicas Municipales a favor de terceros, exclusivamente en relación a los tramites jurisdiccionales en que intervenga;
    • Contratar servicios externos de su injerencia, cuando el caso lo requiera, para la realización de trabajos especializados, previa acuerdo con las áreas que correspondan;
    • Proporcionar asesoría jurídica al Presidente Municipal, a los Regidores, a las Comisiones, para que ajusten su actividad al marco de legalidad;
    • Estudiar el contenido de los ordenes del día de las sesiones de cabildo y formular observaciones para su debida atención;
    • Recibir y remitir para su atención al área correspondiente, las denuncias hechas ante el H. Ayuntamiento o sus dependencias sobre la ocupación irregular de los predios, fincas y espacios públicos de propiedad municipal;
    • Convocar a los titulares de las dependencias para solicitar información, asesoría técnica o elaboración de trabajos que requieran de conocimientos específicos en la atención y solución de asuntos que se Ie turnen para su estudio y ejecución;
    • Promover ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las Controversias Constitucionales que correspondan al Ayuntamiento;
    • Ejercer, en lo términos de la Ley Agraria, conjuntamente con la Tesorería Municipal y la Dirección General de Desarrollo Urbano y Media Ambiente, el derecho de preferencia respecto de las ventas de tierras de origen ejidal, para destinarlas a la creación de reservas territoriales o para la prestación de un servicio público;
    • Asesorar al Presidente Municipal en los procedimientos administrativos de expropiación de bienes sujetos al régimen de propiedad privada;
    • Resolver respecto de la legalidad de las solicitudes del pago de indemnizaciones o compensaciones por afectación de intereses particulares par el Municipio;
    • Coadyuvar can la Dirección General de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, en la regularización de la tenencia de la tierra, y
    • Las demás que establezcan las leyes, reglamentos y las que se deriven de acuerdos de cabildo.

Artículo 14. Para el estudio, planeación, atención y despacho de los asuntos de su competencia, la Oficina del Sindico Procurador contará con las siguientes entidades:

  1. Despacho del Sindico procurador.
  2. Dirección de Contraloría Municipal.
  3. Departamento de Auditorias
  4. Departamento de Contraloría Social
  5. Departamento de Asuntos Internos;
  6. Dirección de Asuntos Jurídicos.
  7. Departamento de Amparo, laboral y Contencioso Administrativo; y
  8. Departamento Civil y Contratos.

Sección III A
De la Dirección de la Contraloría Interna

Artículo 15. Corresponde al Director de Contraloría Interna, además de las facultades genéricas
de los directores, el ejercicio de las atribuciones siguientes:

AUDITORIAS

  • Vigilar el cumplimiento de las políticas en materia de control, fiscalización, supervisión, evaluación y auditoria que deban observar todas las dependencias de la Administración Pública Municipal y Paramunicipal y, en su casa, prestarle el apoyo y asesoramiento que estas Ie soliciten;
  • Practicar visitas periódicas de inspección a las dependencias de la Administración Pública Municipal a efecto de constatar que el ejercicio del gasto publico sea congruente con las partidas del presupuesto de egresos autorizado;
  • Fiscalizar los recursos asignados par el Estado a la Federación, y que ejerzan las dependencias y organismos de la administración municipal;
  • Practicar revisiones, auditorias generales a especiales a todas las dependencias de la administración pública municipal y paramunicipal, con el objeto de promover la eficiencia en sus operaciones y comprobar el cumplimiento de los objetivos contenidos en el Plan Municipal de Desarrollo; así mismo, verificar el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos, presupuestos y políticas aplicables a las mismas;
  • Vigilar la observancia de las leyes y reglamentos relativos a la selección y contratación de obra pública, servicios profesionales, arrendamientos, seguros y fianzas, adquisiciones y servicios generales;
  • Vigilar que se cumplan las disposiciones contenidas en acuerdos, convenios y contratos celebrados entre el municipio y proveedores, acreedores, contratistas; así como con entidades públicas y privadas, de donde se derive la inversión de fondos;
  • Asesorar y apoyar administrativamente a los órganos de control interno de las dependencias y órganos auxiliares de la administración municipal;
  • Designar y coordinarse con auditores externos contratados por la administración pública municipal y paramunicipal;
  • Salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño del empleo, o comisión de los servidores públicos del Ayuntamiento;
  • Verificar que se cumpla con eficiencia el servicio público y velar porque no se ejercite indebidamente el empleo, cargo o comisión;

CONTRALORÍA SOCIAL

  • Instruir y resolver los asuntos que desemboquen en procedimientos administrativos para el financiamiento de responsabilidades, cuya resolución corresponda a la Contraloría Interna, de acuerdo can la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás ordenamientos vigentes aplicables;
  • Organizar y coordinar los sistemas de control y seguimiento de los programas de trabajo de las dependencias municipales, así como proponer medidas administrativas que contribuyan a mejorar la prestación del servicio público;
  • Coordinar y certificar, cuando las dependencias cambien de titular, que la entrega y recepción de las mismas, se haga a través de acta formal de entrega recepción, listando y señalando los activos y el estado físico en que se encuentran, así como la información administrativa diversa para la correcta operación de las mismas;
  • Practicar toda clase de visitas, inspecciones, auditorias y revisiones, con objeto de supervisar toda clase de libras, registros, instrumentos, documentos, objetos u obra pública y, en general, recabar los elementos informativos necesarios para cumplir sus funciones, aplicando en ello las técnicas y procedimientos de auditoría y evaluación;
  • Realizar auditorías laborales para vigilar el estricto cumplimiento de responsabilidades asignadas, horarios de trabajo, actitudes de servicio y demás aspectos relacionados a la función asignada al trabajador;
  • Promover la participación ciudadana en el control, vigilancia y evaluación de la gestión de los recursos públicos, en la operación de los programas de desarrollo social en las términos de la normatividad aplicable.
  • Asesorar y capacitar a servidores públicos beneficiarios en la implantación de la contraloría social en programas federales, estatales y municipales.
  • Analizar el impacto social de las acciones implantadas en la contraloría social.
  • Impulsar la celebración de convenios, acuerdos y programas con las dependencias federales, estatales y municipales en materia de contraloría social.
  • Diseñar e implementar estrategias que permitan difundir información relacionada con la contraloría social.
  • Administrar y difundir información relacionada con los resultados de las acciones en materia de contraloría social.
  • Proponer estrategias que permitan mejorar la eficiencia y eficacia de las funciones de la contraloría social.
  • ASUNTOS INTERNOS

    • Atender las quejas a inconformidades de la ciudadanía por servicios públicos no satisfactorios o sobre la actuación de los servidores públicos y proporcionarles la orientación e información necesaria para que se lleven a cabo las acciones que sean procedentes,
    • Organizar y planearla recepción y registro de las quejas inconformidades y reconocimientos a servidores públicos presentadas por la ciudadanía;
    • Llevar el control y estadística sabre las quejas, inconformidades y reconocimientos, así como su clasificación de acuerdo a la naturaleza y origen de las mismas.
    • Realizar encuestas, estudios de campo, seguimiento, investigación y evaluación sobre las quejas e inconformidades recabadas;
    • Canalizar el resultado de las investigaciones respecto de las quejas y reconocimientos a las dependencias y entidades públicas que corresponda, a efecto de que se proceda de conformidad con su naturaleza;
    • Realizar los procedimientos administrativos correspondientes derivados de las quejas y/o inconformidades presentados por la ciudadanía u otra autoridad.
    • Llevar el registro de la situación patrimonial de los servidores públicos, conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y demás ordenamientos de la materia, recibiendo para ello las declaraciones respectivas;
    • Verificar las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos municipales;
    • Mantener canales de comunicación con la ciudadanía en la presentación y tramitación de quejas y denuncias en contra de los servidores públicos municipales;
    • Formular, en consulta can el Sindico Procurador, las normas y formatos bajo los cuales deberán declararse dichas situaciones patrimoniales, así como los manuales e instructivos correspondientes;
    • Atender, orientar y asesorar al público, terceros interesados y a los servidores públicos del Municipio, para la presentación de quejas y denuncias;
    • Calificar la procedencia de las quejas y denuncias;
    • Integrar los expedientes de las quejas y denuncias que reciba para su instrucción, trámite y resolución;
    • Informar a los quejosos o denunciantes sobre el trámite dado a sus promociones;
    • Instruir y resolver los asuntos que desemboquen en procedimientos administrativos para el fincamiento de responsabilidades, cuya resolución corresponda a la Contraloría Interna, de acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás ordenamientos vigentes aplicables;
    • Organizar y coordinar los sistemas de control y seguimiento de los programas de trabajo de las dependencias municipales, así como proponer medidas administrativas que contribuyan a mejorar la prestación del servicio público;
    • Coordinar y certificar, cuando las dependencias cambian de titular, que la entrega y recepción de las mismas, se haga a través de acta formal de entrega-recepción, listando y señalando los activos y el estado físico en que se encuentran, así como la información administrativa diversa para la correcta operación de las mismas;
    • Practicar toda clase de visitas, inspecciones, auditorias y revisiones, con objeto de supervisar toda clase de libros, registros, instrumentos, documentos, objetos u obra pública y, en general, recabar los elementos informativos necesarios para cumplir sus funciones, aplicando en ello las técnicas y procedimientos de auditoría y evaluación;
    • Realizar auditorías laborales para vigilar el estricto cumplimiento de responsabilidades asignadas, horarios de trabajo, actitudes de servicio y demás aspectos relacionados a la función asignada al trabajador;
    • Las demás que establezcan las leyes, reglamentos, acuerdos de Cabildo, así como las que Ie encomiende el Síndico Procurador.
Coordinación de Evaluación y Seguimiento
  • Promover operaciones ordenadas y efectivas, que produzcan servicios de calidad de acuerdo a las metas establecidas.
  • Asegurar el apego a las leyes, regulaciones y contratos de los funcionarios públicos.
  • Desarrollar y mantener información confiable y así poder presentarla pertinentemente a la ciudadanía.
  • Realizar un diagnóstico del funcionamiento de las Direcciones y Secretarías del Ayuntamiento.
  • Realizar un diagnóstico de los funcionarios públicos.
  • Salvaguardar recursos de pérdidas debido a fraudes, malos manejos, abusos, errores o desperdicios.
Coordinación Técnica
  • Llevar a cabo la vinculación entre el Síndico Procurador y las diferentes áreas de la Sindicatura, vigila el cumplimiento en forma integral de objetivos, políticas y procedimientos de la Dependencia.
  • Auxiliar a las demás Coordinaciones para lograr que los objetivos se logren en tiempo y forma.
  • Vigilar que los objetivos del plan municipal de desarrollo se cumplan.
Coordinación de Atención Ciudadana
  • Coordina la receptoría de quejas.
  • Convoca, actualiza, capacita, regula los nombramientos.
  • Canalizar las denuncias para su investigación al Síndico o bien, darles seguimiento cuando se refieran a servicios que proporciona alguna dependencia del Ayuntamiento.
Coordinación de Normatividad
  • Objetivo general.- tendrá como tarea fundamentar, revisar, elaborar y difundir las normas técnicas que rigen el funcionamiento del ayuntamiento de Ahome.
  • Tendrá también funciones de crear, revisar y modificar todos aquellos reglamentos que han quedado obsoletos por el paso del tiempo y que requieren una nueva funcionalidad aplicable para todas aquellas dependencias de donde emanen estos mismos.
  • Proponer todas las reformas que sean necesarias para su mayor eficacia en la aplicación de los reglamentos favorecer con una mejor dicción a los procedimientos ejecutores de sus respectivas dependencias, así como proponer y aplicar a la superioridad, la expedición de manuales y otros ordenamientos que se consideren necesarios para lograr un mejor funcionamiento dentro de la administración municipal.
  • Mayor transparencia y honestidad en las acciones del gobierno y el uso de los recursos públicos.
  • Difundir el código de ética como un medio para promover su cumplimiento entre los servidores públicos.
  • Desarrollar y mantener actualizada la página web de la propia sindicatura.
  • Asesorar a todas las dependencias del gobierno municipal que requieran una mejor implementación para la mejora de los serviciosde reglamentación.
Auxiliar Administrativo
  • Recorrer las sindicaturas para revisar el buzón de quejas.
  • Recorrer las sindicaturas para evaluar en forma conjunta con los síndicos de cada una de ellas el aspecto de Seguridad Pública.
  • Asesorar a los funcionarios público, para que lleven a cabo el llenado de las declaraciones patrimoniales.
  • Realizar revisiones del modus vivendi de los funcionarios públicos del Ayuntamiento.
  • Auxiliar a la Coordinación de Evaluación y Seguimiento.
  • Las demás que le encomiende el Sindico Procurador.
Secretaria/Asistente
  • Llevar y organizar la agenda del Síndico Procurador.
  • Atender al público que asiste a la Sindicatura.
  • Hacer citas.
  • Atender el teléfono
  • Tomar dictado en taquigrafía del Síndico Procurador y proceder a la elaboración de los oficios para ser enviados a las diferentes áreas administrativas, municipales o bien a otros niveles de gobierno, organismos y ciudadanos en general.
  • Redactar los oficios y demás escritos que se realizan en la Sindicatura.
  • Organizar y actualizar el archivo de todos los asuntos que se lleven en la Sindicatura, así como los oficios enviados por otras dependencias del H. Ayuntamiento Municipio de Ahome y entidades u organismos privados que tengan ingerencia directa con la misma.
  • Manejar de manera eficiente la caja chica asignada a la Secretaría del Ayuntamiento
  • Supervisión de la Oficina del Síndico Procurador.
  • Llevar a cabo las labores Administrativas de la Sindicatura.

DIRECTORIO DE SERVIDORES PÚBLICOS

PUESTO RESPONSABLE TELEFONO
Síndico Procurador Ing. Mario Arturo Ruiz Soto Directo: 816-40-12 816-40-00 y 816-50-00 ext. 112
Asesor Jurídico Lic. Julian Omar Arteaga Ríos Directo: 816-40-12 816-40-00 y 816-50-00 ext. 193
Jefe de Contraloría Social Luz Aida Corrales Verdugo Directo: 816-40-12 816-40-00 y 816-50-00 ext. 195

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